Bloqueo por Motocicletas en Guanajuato: Un Problema Creciente de Falta de Civismo Vial y Amenazas
- EmprendHEC

- 27 dic 2025
- 2 Min. de lectura
Servicio a la comunidad

El Problema Creciente del Uso Irresponsable de Motocicletas en Guanajuato
En nuestro estado prolifera el estacionamiento abusivo de motocicletas: bloquean banquetas, rampas y espacios mínimos entre autos, impidiendo el libre tránsito.
Caso Específico en Calles Estrechas
En municipios con calles estrechas, motos se estacionan frente a cocheras en vías angostas, eliminando margen de maniobra para entrar/salir. Esto complica el libre tránsito y acceso a su propio hogar, especialmente a adultos mayores.
Cuando el Moto Simio se Vuelve Agresivo
El dueño, falto de respeto cívico, se molesta al ser requerido y amenaza verbal/físicamente, especialmente a adultos mayores.
En experiencia personal: en un caso que sucedió con mi padre para el que tuve que intervenir, un sujeto ebrio me amenazó con lesiones; afortunadamente, alguien en su compañía lo retiró y movió la moto, o la situación hubiera escalado a violencia física y yo mismo habría tenido que encargarme.
Preguntas que Nos Planteamos Todos
¿Qué puede hacer un ciudadano? ¿Responden las autoridades? ¿Es legal mover la motocicleta que bloquea?
Las Leyes que Nos Protegen y Cómo Actuar
Obstrucción vial: Ley de Movilidad del Estado de Guanajuato, Art. 38 prohíbe obstaculizar accesos. Sanciones: multas hasta 500 UMA, remoción vehicular.
Amenazas: Código Penal, Art. 176: 6 meses a 2 años prisión, agravado contra adultos mayores.
Mover la moto: Sí, manualmente sin daño (no configura delito; justificable por necesidad, Código Penal Art. 33). Código Civil Art. 1050 protege disfrute de propiedad.
Acciones recomendadas:
Llama al 911 o policía local inmediatamente.
Documenta con fotos/videos (placas, obstrucción, amenazas).
Exige remoción por grúa municipal.
En caso grave: denuncia penal por amenazas.
Mensaje a las Autoridades
Si no intervienen, exponen a ciudadanos a justicia por mano propia ante agresores violentos y ebrios. Eso erosiona la paz social. ¡Actúen para prevenirlo!
Responsabilidades de Cada Actor
Ciudadanos víctimas: Documentar, reportar, mover la moto si necesario (sin daño). Protegidos por Ley Movilidad Art. 38; Código Penal Arts. 176 y 33; Código Civil Art. 1050.
Autoridades municipales: Atender emergencias, remover vehículos, sancionar. Amparadas en reglamentos locales y Ley Movilidad estatal.
Autoridades estatales: Investigar delitos penales, proteger vulnerables. Código Penal y Ley de Derechos de Adultos Mayores.
Diputados y senadores: Reformar leyes para tipificar obstrucción indirecta por motos y agravar sanciones contra grupos vulnerables.
Conclusión: Por una convivencia vial segura y respetuosa en Guanajuato. ¡Exijamos responsabilidad!



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